El impuesto de Sucesiones.

El impuesto de sucesiones es un impuesto que varía de unas Comunidades Autónomas a otras. Te explicamos las características de este impuesto y como funciona en Cantabria.

 

Lo que les “van a llevar” por el impuesto de sucesiones es una de las mayores incógnitas y preocupaciones que nos manifiestan nuestros clientes de Los Corrales de Buelna cuando van a recibir una herencia y en ella hay alguna vivienda que quieren vender para repartir mejor.

 

Lo primero que debemos tener presente es que la liquidación de este impuesto debe ser presentada en el plazo de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. Esto se hará a través del modelo 650.

 

El Impuesto de sucesiones es un impuesto Estatal cedido a las Comunidades Autónomas. Por este motivo no se paga lo mismo en unas y otras y hay ocasiones en la diferencia es muy grande.

 

La liquidación del impuesto hay que presentarla en la Comunidad Autónoma donde residiera la persona fallecida y no donde resida el contribuyente (heredero). Así que nos podemos encontrar ante el caso de vivir en Madrid pero tener que presentar la liquidación según normativa de Cantabria, porque el fallecido residía en Los Corrales de Buelna.

 

El impuesto se calcula en base al grado de parentesco que se tenga con la persona fallecida.

 

La norma que regula el Impuesto de Sucesiones ha creado 4 grupos de parentesco con el fin de clasificar a la familia. Así que, no será lo mismo recibir una herencia que provenga de los padres a recibir algún bien de algún primo o familiar más lejano.

 

El grupo I

Está compuesto por descendientes y adoptados menores de 21 años.

El grupo II

Estarían los descendientes y adoptados de más de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.

El grupo III

Estarían los hermanos, sobrinos y tíos.

El grupo IV

Estarían los primos y grados más distantes y extraños.

 

En Cantabria los herederos del grupo I y II tienen una bonificación del 90%. Pero si las bases imponibles son inferiores a 100.000 euros, la bonificación será del 100%.

 

¿Cómo funciona el Impuesto de Sucesiones en las Comunidades Autónomas limítrofes?

En Castilla y León. Hay una reducción de 400.000 euros para las herencias de los grupos I y II de parentesco. También hay una reducción del 99% cuando el fallecido sea víctima del terrorismo o de violencia de género.

En Asturias. Se bonifica al 100% el pago del impuesto a los herederos de los grupos I y II con herencias inferiores a 300.000 euros.

En el País Vasco. Es necesario consultar la normativa de cada provincia para saber qué impuesto se debe asumir.

 

Fuente: Blog Arag